En sentencia N° 700 del 14 de mayo de 2025 la Sala Constitucional con ponencia del Magistrado Luis Damiani, estableció el levantamiento del velo corporativo y declaró responsables a los socios de una empresa por incumplir disposiciones estatutarias. La Sala analizó los artículos 201, 205 y 243 del Código de Comercio bajo el control difuso de constitucionalidad, verificando cuatro requisitos: carácter normativo de la Constitución, naturaleza del control difuso, análisis y efectos de la decisión revisada. La Sala adoptó la «teoría del mandato«, estableciendo que los administradores sólo pueden realizar operaciones estatutarias, respondiendo personalmente cuando excedan estos límites.
La Sala estableció que el levantamiento del velo es constitucional porque garantizó la tutela judicial efectiva (artículo 257 CRBV), evitando que el principio de personalidad jurídica independiente se convirtiera en un obstáculo para la justicia, destacando que sería contrario a los principios constitucionales limitar la responsabilidad únicamente a la sociedad mercantil cuando los socios han comprometido sus obligaciones.
https://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/mayo/343775-0700-14525-2025-22-0120.HTML
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