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Sala Constitucional del TSJ estableció que la Junta Directiva del condominio carece de facultades para imponer sanciones arbitrarias a los copropietarios
junio 20, 2025
  • eduardo caballero By eduardo caballero
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Sala Constitucional del TSJ estableció que la Junta Directiva del condominio carece de facultades para imponer sanciones arbitrarias a los copropietarios

En sentencia N° 603 del 30 de abril de 2025 la SC, con ponencia de la Magistrada Michel Velásquez, estableció que la Junta Directiva del condominio carece de facultades para imponer sanciones arbitrarias a los copropietarios, como fueron, la prohibición de acceso a las áreas comunes y al inmueble, tratamiento de morosidad y publicación en carteleras, exigencia de pago para acceder y amonestaciones. La Sala calificó este proceder como una «amenaza latente» y una «usurpación de autoridad«, vulnerando derechos constitucionales al pretender administrar justicia por mano propia.

La Sala estableció que cualquier sanción debe ser aplicada por las instancias competentes garantizando el debido proceso, y evitando abusos de poder que menoscaben la propiedad y libre circulación de los copropietarios.

Disponible en:

https://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scon/abril/343462-0603-30425-2025-23-1288.HTML

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