En sentencia N° 130 del 28 de marzo de 2025 la Sala de Casación Civil, con ponencia de la Magistrada Carmen Alves, estableció que las normas jurídicas que rigen las sociedades personales no son aplicables por analogía a las sociedades de capital.
La Sala precisó que cada estructura societaria responde a principios y regulaciones específicas, por lo que la analogía normativa entre ellas resulta improcedente. El criterio sentó un precedente relevante para la correcta clasificación y aplicación de normas en litigios sobre constitución, funcionamiento o disolución de sociedades.
https://historico.tsj.gob.ve/decisiones/scc/marzo/342739-000130-28325-2025-24-512.HTML
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